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Carta del Sadop a los padres

martes, 16 de febrero de 2010

Sres. Padres:
El SADOP (Sindicato Argentino de Docentes Particulares), con Personería Gremial N° 90, se dirige a todos Uds., con motivo del próximo ciclo lectivo 2010.-
Todos los docentes de la provincia nos aprestamos a iniciar esta nueva etapa escolar, con el mejor ánimo, con la mejor predisposición, y por esto queremos precisarles algunos aspectos que podrían ocasionar confusiones.-
En el caso de las Escuelas Privadas con el 100% de aporte estatal, todo lo que Uds. pagan en concepto de cuota, arancel o contribución voluntaria está destinado, según la Ley 6427, a sufragar cuestiones ajenas al salario de los docentes, ya que éste está cubierto en su totalidad, incluidas las cargas sociales y previsionales, por el aludido aporte estatal.
Puede suceder que existan en estas escuelas con el 100% de aporte, cargos u horas cátedra que no cuentan con la debida subvención estatal. Esta situación, no prevista en la Ley, no es responsabilidad de los docentes, cuyo salario debe ser soportado por la entidad propietaria de la escuela, que consintió esta situación excepcional.-
Esta última realidad alcanza sólo a un 20% de los docentes del sistema educativo privado, por lo que podemos afirmar que en la gran mayoría de los casos la aludida cuota o arancel no tiene como destino el pago del salario de los docentes, sino cuestiones inherentes al propietario de la escuela.
Con relación a las escuelas subvencionadas con porcentajes de Ley, pero inferiores al 100% (80, 70, 66, 60 ó 40%), de la cuota mensual que Uds. pagan sólo la mitad está destinada a completar el pago de los sueldos docentes, correspondiendo el resto a la entidad propietaria de la escuela, conforme la Ley 6427.-
En consecuencia resulta que, en cualquiera de los porcentajes de subvención, es absolutamente inconsistente que la cuota o arancel y sus permanentes ajustes o actualizaciones, se calcule en base al salario docente.-
Resulta más incongruente aún esta forma de actualización, si tenemos en cuenta que es ostensiblemente minoritaria la cantidad de establecimientos que no cuentan con el aporte estatal del 100%.-
Por otra parte entendemos que son muchos los rubros que integran el costo del servicio educativo, y no puede generalizarse el incremento salarial a esa universalidad de rubros.-
El salario del maestro de grado, de jornada simple e inicial, se encuentra estancado en su poder adquisitivo a febrero de 2002. Por aquel entonces en dicho cargo el docente santafesino tenía garantizado un salario de U$S 415, que es prácticamente lo mismo que perciben en la actualidad los docentes del mismo cargo.-
Nuestra lucha por un mejor y más digno salario docente no puede enfrentarnos, por el contrario debería unirnos en pos de una mejor educación.-
Los saludamos con atenta consideración.-

Fuente: LT10 Digital

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